Desde el capítulo peruano del Interactive Advertising Bureau (IAB), expresamos nuestra profunda preocupación por la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1524 (DL 1524). Esta norma obliga a todo aquel que oferte bienes o servicios mediante plataformas digitales de ecommerce, redes sociales, páginas web, apps, entre otros, a consignar su número de RUC y nombre o razón social.

Si bien entendemos que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) deba identificar a los emprendimientos digitales, consideramos que pueden buscarse medios que no impliquen la difusión de datos personales y que cuenten con lineamientos claros sobre su cumplimiento. Desde febrero de 2022, fecha en que se publicó el Decreto Legislativo 1524, la SUNAT no ha precisado el modo en que se debería cumplir esta obligación, lo que ha incrementado la incertidumbre sobre el contenido de la norma. Resaltamos positivo que se haya dado un primer avance mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000020-2023-SUNAT/700000, que establece una moratoria para que hasta el 31 de diciembre no se sancione a quienes no coloquen el RUC en publicidad digital.

Cabe precisar que, por ejemplo, el RUC de una persona natural con negocio se basa en su número de DNI. Con la entrada en vigencia de esta disposición, la SUNAT obligaría a los emprendedores a publicar indirectamente su número de DNI en espacios abiertos, como páginas web, plataformas digitales o redes sociales lo cual está en contra de las políticas de privacidad que impulsamos. Por otro lado, publicar dicha información en toda documentación resulta excesivo e innecesario para los legítimos fines que persigue la norma, pues coloca una sobrecarga innecesaria en aquellos ya inscritos en el RUC y buscan aprovechar las ventajas de la transformación digital.

En ese sentido, exhortamos a que las entidades competentes tomen las medidas necesarias para promover la formalización de los emprendimientos digitales, sin incorporar cargas innecesarias para aquellas personas naturales y empresas que ya cumplen con el marco legal vigente. También exhortamos a que el Congreso de la República pueda priorizar el debate de las iniciativas legislativas vinculadas con la vigencia del Decreto Legislativo 1524, a fin de analizar su viabilidad y necesidad.

Estamos más que dispuestos a colaborar desde nuestra especialidad en la formación de una mesa de trabajo con los funcionarios de Sunat para ayudar en el entendimiento de nuestro ecosistema y así aportar desde nuestro conocimiento, evitando la confusión e inseguridad actual.

Interactive Advertising Bureau – Perú (IAB Perú)

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